Si tu empresa traslada bienes a clientes, talleres, almacenes o entre sedes, este artículo te interesa. La SUNAT ha anunciado que, si no se emite una nueva prórroga, a partir del 1 de julio de 2025 solo se permitirá la emisión de guías de remisión en formato electrónico.
¿Qué es la guía de remisión?

Es un documento que respalda el traslado físico de bienes dentro del país. No sustituye a la factura ni a la boleta, pero es fundamental para acreditar legalmente que el transporte de productos está sustentado y registrado ante la SUNAT.
¿Para qué sirve?
- Sustentar una venta de productos
- Trasladar bienes entre almacenes o locales
- Enviar productos para reparación, muestra o devolución
- Realizar traslados sin venta, pero con movimiento de inventario
¿Qué cambia desde julio 2025?
La SUNAT estableció en la Resolución N.º 000046-2024/SUNAT que, si no se emite una nueva prórroga, desde el 1 de julio de 2025:
- Solo serán válidas las guías de remisión electrónicas
- Ya no se aceptarán formatos físicos ni impresos
- Esto aplica tanto para la guía del remitente como del transportista
Importante: La última prórroga para no sancionar a los emisores físicos vence el 30 de junio de 2025.
¿Cómo emitir la guía de remisión electrónica?
La emisión es gratuita y sencilla. Solo necesitas:
- Tu Clave SOL
- Acceder al portal SUNAT Operaciones en Línea
- Elegir la opción de emisión de Guía de Remisión Electrónica (GRE)
No es necesario contar con software especializado.
¿Y si no sabes si debes emitir guía?
Hay casos donde no se requiere guía de remisión, por ejemplo:
- Si el cliente recoge los bienes y ya se emitió la factura electrónica con todos los datos de traslado.
- En entregas por delivery a consumidores finales bajo ciertas condiciones.
- En ventas respaldadas por boletas de venta en transporte público de pasajeros.
Si quieres saber si tu operación está obligada o exceptuada, es recomendable contactar a Sunat o consultar a tu asesor.
¿Qué pasa si no emito correctamente?
En caso no se cumpla con la emisión electrónica (y no exista prórroga vigente), SUNAT podría aplicar sanciones por incumplimiento formal. Por eso, es clave adaptarse a tiempo y evitar riesgos innecesarios.
En Resumen
Tema | Detalle |
---|---|
Obligación | Solo emisión electrónica desde el 1 de julio de 2025 |
Plataforma | SUNAT Operaciones en Línea |
Requisito | Clave SOL |
¿Costo? | Gratuito |
¿Prórroga? | Vigente hasta el 30 de junio 2025 (sujeta a cambios) |
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